Transporte de Mercancías.
Ya sea que necesites cubrir los riesgos de transporte marítimo o terrestre, existen coberturas especializadas para proteger las distintas mercancías que embarques y/o despaches, así como los valores que debas transportar de un lugar a otro.
El Seguro de Transporte te
brinda protección contra riesgos derivados de accidentes, averías y actos delictivos, a los que están expuestas las mercancías en tránsito transportadas vía aérea, marítima y/o terrestre, dentro y fuera de la República Mexicana.
UN SEGURO DE TRANSPORTE INDEMNIZA POR PÉRDIDAS O DAÑOS QUE SE PRODUZCAN A LAS MERCANCÍAS DURANTE EL TRASLADO DE UN LUGAR A OTRO PROTEGIENDO SUS MERCANCÍAS EN EL TRANSITO.
Coberturas
Riesgos Ordinarios de Tránsito:
Transporte Terrestre
- La pérdida y/o los daños materiales causados directamente por Incendio, Rayo o Explosión.
- La pérdida y los daños materiales causados directamente por el descarrilamiento del carro de ferrocarril, colisión o volcadura del vehículo de transporte empleado.
- La pérdida y los daños materiales causados directamente a la mercancía por rotura de puentes, desplome o hundimiento de éstos o de embarcaciones durante su empleo para complementar el tránsito terrestre.
Transporte Marítimo
- La pérdida y/o los daños materiales causados a los bienes directamente por Incendio, Rayo o Explosión.
- La pérdida y/o los daños materiales causados a los bienes por varadura, hundimiento, colisión o abordaje del buque porteador.
- La pérdida y/o los daños materiales causados a los bienes mientras sean transportados hasta o desde el buque principal en embarcaciones auxiliares, y se consideran asegurados separadamente, mientras se encuentren a bordo de éstas. El Asegurado no se perjudicará por cualquier convenio que exima de responsabilidad al porteador de las embarcaciones auxiliares.
- Avería gruesa y salvamento, ajustados o determinados de acuerdo con el Contrato de fl amento y/o leyes y prácticas que rigen este Seguro, los cuales hayan sido efectuados para prevenir o tratar de evitar pérdidas provenientes de cualquier causa, excepto las excluidas en esta Cláusula o en cualquier otra parte de esta Póliza.
Seguro de Transporte de Mercancías (Cobertura Amplia):
Echazón
Se cubre la pérdida o daño de los bienes asegurados cuando éstos son arrojados intencionalmente al mar por órdenes del Capitán de la embarcación por un Acto de Avería Gruesa, siempre que tales circunstancias queden asentadas en el cuaderno de bitácora del buque en que están siendo transportados, al igual que las causas que la originaron.
La pérdida de bultos por entero caídos durante las maniobras de carga, transbordo o descarga.
Barredura sobre cubierta por las olas, para esta cobertura no obstante lo establecido y cuando las ordenanzas marítimas permitan que se transporte mercancía sobre cubierta o cuando las mercancías sean transportadas en contenedores.
Robo Total
- Se cubren los bienes asegurados contra la falta de entrega total del embarque a consecuencia de robo con violencia o asalto, entendiéndose por robo con violencia el perpetrado por personas que dejen señales visibles de violencia en los empaques o en el medio de transporte y por asalto el uso de la fuerza o violencia sobre las personas, sea moral o física.
Robo Parcial
Se cubren los bienes asegurados contra la pérdida parcial del embarque a consecuencia de robo con violencia o asalto, entendiéndose por robo con violencia el perpetrado por personas que dejen señales visibles de violencia en los empaques o en el medio de transporte y por asalto el uso de la fuerza o violencia sobre las personas, sea moral o física.
Mojadura
- Se cubren los bienes asegurados contra daños materiales directos causados a los mismos por mojadura imprevista, ya sea por agua dulce, salada o ambas. Lo anterior exceptuando la mojadura por agua dulce durante las maniobras de carga y descarga.
MANCHAS
Se cubren los bienes asegurados contra los daños materiales directos que sufran por manchas, cuando éstas afecten sus propiedades o características originales, únicamente a consecuencia de un Riesgo Ordinario de Tránsito, aclarándose que no quedarán cubiertos los bienes que carezcan de empaque.
Oxidación
- Se cubren los bienes asegurados contra los daños materiales directos causados a los mismos por oxidación resultante de la rotura del empaque y/o el embalaje protector en el que están siendo transportados. No se cubren los bienes que carezcan de empaque y/o embalaje.
Contaminación por Contacto con Otras Cargas
Se cubren los bienes asegurados contra los daños materiales directos causados por contaminación al entrar en contacto con otras cargas. No se cubren los bienes que carezcan de empaque.
Rotura o Rajadura
- Se cubren los bienes asegurados contra rotura o rajadura, no se cubren los bienes que carezcan de empaque.
Abolladura, Raspadura, Dobladura y Desportilladura
- Se cubren los bienes asegurados contra abolladura, raspadura, dobladura o desportilladura, no se cubren los bienes que carezcan de empaque.
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